GOBIERNO CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA DE CUBA (EN EL EXILIO) PARA QUE LA LEY PRIMERA DE LOS CUBANOS SEA EL CULTO A LA DIGNIDAD PLENA DEL HOMBRE
“Sin patria, pero sin amo”
José Martí
El Gobierno Constitucional de la República de Cuba (en el exilio, como el del Tibet ) sabe que todo demócrata cubano, de dentro y de fuera del país, lucha con valentía y valor por un Estado de Derecho, como lo hicieron quienes durante exactamente medio siglo han muerto por este empeño.
El Gobierno Constitucional de la República de Cuba (en el exilio) sabe que todo demócrata no cubano en todo el mundo –como desterrados o exiliados, no nos gusta la palabra “extranjero” en el mundo global que, de aldea ayer, hoy se ha convertido en capital de todos los seres humanos- desea un Estado de Derecho para nuestra patria.
El contenido de estas afirmaciones es obvio. Menos obvio es dónde se encuentra el punto cardinal en el que al coincidir o no coincidir se es y se demuestra o no se demuestra la coherencia de demócratas cubanos y no cubanos, en la isla y el resto del mundo, con la necesidad de que los cubanos empecemos a darnos ya una Clase Magistral de Lealtad a la Ley y Restauración de la República, -restablecer el Orden Constitucional y, por tanto, el Estado de Derecho-, desde el mismísimo embrión de la legalidad en el país y desde antes del primer día de preparación de la tan ansiada y esperada Transición.
Pues, compatriotas y amigos, el Gobierno Constitucional de la República de Cuba (en el exilio), su Presidente, el Dr. Rodolfo Nodal Tarafa y su Gabinete, integrado por Ministros y Viceministros, nombrados por sus méritos patrióticos y su capacidad profesional, fundamentalmente entre los demócratas cubanos residentes dentro y fuera de la patria, sin creerse poseedores y portadores de la Verdad Absoluta sobre el tema, si creen sincera y firmemente que el punto cardinal en que se es coherente y se demuestra esa coherencia al respecto tiene unas coordenadas absolutamente exactas para expresar o no expresar la vocación o la no vocación de respeto a la Ley y las Instituciones, (cuyo irrespeto fue lo que nos trajo al trágico destino actual de nuestra patria) y conducir a la democracia y la libertad a todos los cubanos y un nombre muy concreto: Constitución Cubana de 1940, redactada y aprobada por los ponentes y parlamentarios cubanos de todos los partidos –incluido el Comunista de entonces.
De ser ciertas estas afirmaciones, es de suponer que, también por coherencia, todo demócrata cubano y no cubano bien informado comprenda y acepte la legitimidad del último Presidente y Gobierno elegidos soberanamente, democráticamente, con el mayoritario voto cubano en las urnas libres, según la Constitución Cubana de 1940, el primero de Junio de 1948, depuesto por el Golpe de Estado del General Fulgencio Batista el 10 de Marzo de 1952, que usurpó el poder durante 7 años, quien, a su vez, fue sacado del Palacio Presidencial por Fidel Castro y su movimiento armado, utilizando también la violencia y la sangre, con el pretexto de restablecer el Orden Constitucional (la Constitución Cubana de 1940), el primero de Enero de 1959, traicionó los ideales democráticos, estableció un régimen totalitario y ha usurpado el poder exactamente durante medio siglo.
El Gobierno Constitucional se ha renovado y mantenido de forma tan legal como patriótica, a pesar de tantos años de exilio y a veces en circunstancias tan difíciles como precarias, siempre atenido a nuestra Constitución del ’40 y, por tanto, a criterio de Derecho.
Todos los presidentes del Gobierno Constitucional han sido, el Doctor Carlos Prío Socarrás, (electo en Cuba el 1 de Junio, 1948 - 10 de Marzo, 1952). Depuesto por el Golpe de Estado del General Fulgencio Batista. Fue destacado líder universitario. Se enfrentó al dictador Gerardo Machado en la década del '30. Apoyó a Fidel Castro creyendo que éste restablecería el Orden Constitucional destruido por el general golpista y, al convencerse de que no lo haría, también lo enfrentó y tuvo que salir hacia el exilio, Miami, donde se suicidó de un disparo el 5 de Abril de 1977.
Posteriormente le siguieron José Morell Romero, (24 de Febrero, 1995 - 22 de Octubre, 2002). Juramentado y Proclamado en el Parque José Martí, Tampa*, Florida, Estados Unidos de América. Claudio F. Benedi, (23 de Octubre, 1995 - 21 de Diciembre, 2007 - Renuncia por enfermedad. Juramentado y Proclamado en Washington, D.C., Estados Unidos de América. Rodolfo Nodal Tarafa, 22 de Diciembre, 2007. Juramentado y Proclamado en el Parque José Martí, Tampa, Florida, Estados Unidos de América.
La Legitimidad del Gobierno Constitucional de la República de Cuba (hoy en el Exilio) se deriva de los artículos 149 y 180 de la referida Constitución, que estipulan que al faltar el último Presidente electo de la Cuba Democrática, el Vicepresidente y el Presidente del Congreso, corresponde entonces al Magistrado más antiguo del Tribunal Supremo asumir constitucionalmente la Presidencia de la República y, como tal, debe ser Proclamado y ha sido Proclamado.
En su Disposición Final se dice: “Esta Constitución quedará en vigor en su totalidad el día diez de Octubre de mil novecientos cuarenta. Y en cumplimiento del acuerdo tomado por la Convención Constituyente en sesión celebrada el día veintiséis de abril de mil novecientos cuarenta, y como homenaje a la memoria de los ilustres patricios que en este pueblo firmaron la Constitución de la República en armas en abril diez de mil ochocientos sesenta y nueve, firmamos la presente en Guáimaro (…)”
Ahí está –y al alcance de todos-, en la Internet, librerías y bibliotecas, la Constitución del ’40 para quien no lo conozca, lo dude o quiera recordarlo o constatarlo.
Consiguientemente, las organizaciones colegiadas de Juristas Cubanos en el Exilio han reconocido la Legitimidad y Vigencia de nuestra Constitución de 1940 y, por tanto, a el legítimo Gobierno del pueblo cubano.
Los juristas cubanos, al reconocer la “Vigencia Plena“ de nuestra Constitución del ’40, igualmente reconocen también que por el Derecho emanado de ella se activa el Art-149 de nuestra Carta Magna, que establece que el Magistrado más antiguo del Tribunal Supremo de Justicia debe ser proclamado Presidente de la República de Cuba, por sucesión constitucional.
Por todo ello el que suscribe junto a todo su Gabinete fue legalmente Proclamado Presidente Constitucional de la República de Cuba (en el Exilio), en ceremonia solemne de Proclamación y Juramentación llevada a efecto en la histórica ciudad de Tampa, Florida, EE. UU., el día 29 de Marzo del presente año 2008. En consecuencia corresponde a quien encabeza la nómina de suscribientes de esta Declaración representar legítima y legalmente a la nación cubana y sus ciudadanos que residen dentro y fuera de la isla y, con su Gabinete, arbitrar el paso del totalitarismo hacia la democracia.
El Gobierno Constitucional de la República de Cuba (en el Exilio), además de la Legitimidad Constitucional que le asiste, cuenta con el respaldo activo de partidos políticos, grupos de defensa de los Derechos Humanos, agencias de prensa independientes, bibliotecas independientes, instituciones como los Colegios Profesionales –entre ellos, de expertos profesionales cubanos del Derecho- existentes dentro de Cuba, ilegales, perseguidas y reprimidas, y en todos los rincones del mundo donde haya desparramado un exiliado cubano.
Nuestra Carta Magna no era perfecta, el último Gobierno Constitucional que de ella nació tampoco fue perfecto. Adoptó decisiones buenas, regulares y malas, en algunas circunstancias tal vez no adoptó ninguna. El trabajo de aquel Gobierno, del que somos todavía, con sumo orgullo, hoy sucesores, ha sido analizado y valorado por la Historia. Están claramente registrados sus actuaciones y sus omisiones, sus aciertos y desaciertos, sus fuerzas y sus debilidades, sus éxitos y sus fracasos, sus virtudes y sus vicios, sus obras buenas y malas, pero –si aquí vale la metáfora- fue el Sol que antecedió a la oscuridad de 7 años de la dictadura de Fulgencio Batista, fundida a la de 50 años de la tiranía de Fidel Castro.
Como alertaba José Martí, (1853-1895), el Máximo Líder del Pueblo Cubano, nuestro Gobierno ha meditado mucho sobre su célebre pensamiento acerca del Sol, su luz y sus manchas: “El sol quema –dijo Martí- con la misma luz con que calienta. El Sol tiene manchas. Los desagradecidos no hablan más que de las manchas. Los agradecidos hablan de la luz”.
Tanto en la creación de la Carta como en la gestión del Gobierno había seres humanos, con sus defectos y virtudes, seres de entregas desinteresadas y seres con ambiciones desmedidas, seres humanos, tal vez buenos, regulares y hasta malos, pero desde el ceno de aquel Gobierno hoy luchamos por hacer perdurar su luz, la luz de la democracia y la libertad, del respeto a los Derechos Humanos inspirados en las máximas también martianas de que “Libertad es el derecho que todo hombre tiene a ser honrado, y a pensar y a hablar sin hipocresía”, de que “Cuando hay muchos hombres sin decoro, hay siempre otros que tienen en sí el decoro de muchos hombres”, de que “ Esos son héroes; los que pelean para hacer a los pueblos libres, o los que padecen en pobreza y desgracia por defender una gran verdad”.
Nosotros pretendemos con nuestro trabajo y nuestra gestión proyectar la mucha o poca luz que podamos generar actualmente y evitar las muchas o pocas manchas que puedan acecharnos. Los historiadores y los periodistas de la Cuba Libre revelarán y dejarán constancia, no sólo de la gestión del Gobierno en Cuba a partir de Junio de 1948, sino de nuestra propia gestión en el destierro, así como en la preparación de la Transición.
Nosotros hemos tomado nota ya de las manchas pasadas para contribuir, en lo posible, a que el Primer Gobierno de la Transición y todos los que le sigan en la República de Cuba Libre estén sometidos a un credo: la lealtad ética a la patria, a un mecanismo: el control democrático, tengan un propósito concreto: el progreso, el bienestar, la felicidad y la concordia del pueblo cubano y sus huéspedes de todo el mundo.
El Parque José Martí, de Tampa, Florida, fue donado por el Estado de la Florida al Estado Cubano en los años '50, en memoria del Apóstol, como reconocimiento a su lucha por la independencia de Cuba y por los años en que el orador del discurso “Con todos y para el Bien de todos” vivió en esa humilde ciudad realizando sus labores patrióticas. En este parque hay un árbol, sembrado con tierra de las 6 provincias de Cuba, y fue declarado territorio cubano por las autoridades del Estado de la Florida. Los exiliados cubanos hicieron gestiones con el gobierno de Estados Unidos de América para quitarle la posesión del parque al gobierno comunista y ganaron el pleito en la Corte. Hoy en día es territorio cubano en manos de los ciudadanos cubanos libres del exilio en Estados Unidos y en el resto del mundo. En el histórico lugar se efectúa el Juramento del Presidente del Gobierno Constitucional de la República de Cuba (en el exilio).
En su célebre discurso conocido por el título “Con todos y para el Bien de todos”, pronunciado por el Apóstol de la Independencia Cubana, José Martí, en el Liceo Cubano de la mencionada ciudad de Tampa, a donde había acudido invitado por el Club Ignacio Agramonte, el 26 de Noviembre de 1891, el también poeta proclamó:
“Para Cuba, que sufre, la primera palabra. De altar se ha de tomar a Cuba, para ofrendarle nuestra vida, y no de pedestal, para levantarnos sobre ella(...) si en las cosas de mi patria me fuera dado preferir un bien a todos los demás, un bien fundamental que de todos los del país fuera base y principio, y sin el que los demás bienes serían falaces e inseguros, ese sería el bien que yo prefiriera: yo quiero que la ley primera de nuestra república sea el culto de los cubanos a la dignidad plena del hombre. En la mejilla ha de sentir todo hombre verdadero el golpe que reciba cualquier mejilla de hombre: envilece a los pueblos desde la cuna el hábito de recurrir a camarillas personales, fomentadas por un interés notorio o encubierto, para la defensa de las libertades: sáquese a lucir, y a incendiar las almas, y a vibrar como el rayo, a la verdad, y síganla, libres, los hombres honrados. Levántese por sobre todas las cosas esta tierna consideración, este viril tributo de cada cubano a otro. Ni misterios, ni calumnias, ni tesón en desacreditar, ni largas y astutas preparaciones para el día funesto de la ambición. O la república tiene por base el carácter entero de cada uno de sus hijos, el hábito de trabajar con sus manos y pensar por sí propio, el ejercicio íntegro de sí y el respeto, como de honor de familia, al ejercicio íntegro de los demás; la pasión, en fin, por el decoro del hombre, -o la república no vale una lágrima de nuestras mujeres ni una sola gota de sangre de nuestro bravos (...)”.
El hombre que por vocación fue poeta y por deber fue político, nuestro Apóstol, como lo calificamos los cubanos, José Martí, (La Habana, 1853 - Dos Ríos, 1895), hijo de una familia española de pocos recursos económicos, fue abatido en combate por las tropas realistas, un 19 de Mayo, cuando contaba cuarenta y dos años. Martí es como político, junto a Bolívar y San Martín, uno de los principales protagonistas del proceso de emancipación de Hispanoamérica y, como poeta, uno de los más grandes de los Hispanoamericanos y la figura más destacada de la etapa de transición al modernismo, que en América supuso la llegada de nuevos ideales artísticos. Dejó una obra Política y Literaria descomunal, inolvidable, inmortal y en constante crecimiento a la cual una pequeñísima bala pudo poner fin.
Escribió:
Yo soy un hombre sincero
De donde crece la palma,
Y antes de morirme quiero
Echar mis versos del alma.
…
Oculto en mi pecho bravo
La pena que me lo hiere:
El hijo de un pueblo esclavo
Vive por él, calla y muere.
…
¿Del tirano? Del tirano
Di todo, ¡di más!; y clava
Con furia de mano esclava
Sobre su oprobio al tirano.
…
No me pongan en lo oscuro
a morir como un traidor:
yo soy bueno y como bueno,
moriré de cara al sol.
…
Yo quiero cuando me muera,
Sin patria, pero sin amo,
Tener en mi tumba un ramo
De flores, y una bandera.
…
Yo he visto en la noche oscura
Llover sobre mi cabeza
Los rayos de lumbre pura
De la divina belleza.
Este simple texto, precedido por un pequeño fragmento de los “Versos Sencillos” de José Martí, del GOBIERNO CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA DE CUBA (EN EL EXILIO) PARA QUE LA LEY PRIMERA DE LOS CUBANOS SEA EL CULTO A LA DIGNIDAD PLENA DEL HOMBRE, es un simple medio para intentar lograr que el Gobierno Constitucional de la República de Cuba (en el exilio) obtenga el reconocimiento y apoyo de todos los demócratas cubanos, de dentro y de fuera de Cuba, y de todos los demócratas del mundo, coadyuven a alcanzar sus propósitos, (que son los propósitos del pueblo cubano), forcemos a la tiranía anticubana a la transición y veamos, al fin, una Cuba donde “la ley primera de nuestra república sea el culto de los cubanos a la dignidad plena del hombre”.
Si no pudiéramos lograrlo, que nos entierren “Sin patria, pero sin amo”.
FIRMADO:
Dr. Rodolfo Nodal y Tarafa
Presidente
Gobierno Constitucional de la República de Cuba en el Exilio
Por Mandato Constitucional, Constitución-1940 Art.149
Esta Declaración ha sido refrendada por los Ministros de Relaciones Exteriores, Comercio, Trabajo, Hacienda, Educación, Información, Agricultura, Defensa, Obras Públicas, Viviendas, Edificación, Transporte y la Presidencia, Señores: Dr. Héctor Zayas Bazán, Dr. Camilo Fernández, Lic. Alberto Yannuzi, MA., Ing. Miguel Hernández, Dr. Antonio Acosta, Dr. Alberto Martínez de Arizala Sr., Lic. Arturo Riera, Cmte Higinio (Nino) Díaz, Lic. Leopoldo Aguilera Ortiz, Ing. Francisco J. Aréchaga, Rev. Guillermo Revuelta Ph.D., Lic. Rubén A. Ricardo; los Vice- Ministros de: Relaciones Exteriores, Salubridad, Información, Agricultura, Defensa, Gobernación, de la Presidencia (2), Gobernación, Cultura y Transporte, Señores: Dr. José Román Murga MD., Dr. Osberto Fernández MD., Ing. Angel Pino, Dr. Vladimir Cruz, Ph.D., Cor. Ricardo Montero Duque, Lic. Eddy Riquenes, Sr. Luís I. García, Sr. Francisco Carrillo, Sr. Rafael Coto de la Heria, Dra. Blanca Hill-Piedra, Lic. Julio San Francisco; el Presidente del Tribunal Supremo de Justicia, Dr. Juan de Dios de Oña y Giberga; el Presidente de la Sala de lo Civil, Dr. Julio Garcerán de Val; los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, Señores: Dr. Jorge Acosta Esq., Dra. Hilda Garcerán, Dr. José Luís Olavarrieta, Dra. Ernestina Bertot, Dr. Osvaldo Romero, Dr. Osvaldo Jiménez Pagés, el Ministro sin Cartera, Dr. Armando J. Bucelo; los Asesores Presidenciales y de Seguridad Señores: Cor. Orlando T. Rodríguez, Dr. José Mijares MD. y el Capt. Dr. Alfredo J. Sadulé; el Director del Servicio Secreto, Cor. Guillermo Sánchez, el Sub-Director, Tte. Cor. Alfredo Carmona, el Miembro de dicho Servicio, Capt. José Iván Ayala, el Miembro del Gobierno, Cor. Roger Rojas Lavernia y el Delegado del Gobierno en la República Dominicana, Sr. José R. Águila Calimano.
OBJETIVOS DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA DE CUBA (EN EL EXILIO),BASADO EN LA LEGITIMIDAD Y VIGENCIA DE LA CONSTITUCIÓN CUBANA DE 1940-Artículo 149
1- Ejecutar el Mandato Constitucional del Artículo 149 para tener un Gobierno de Transición -de base legal y legítima- que represente al pueblo y la nación cubana durante este período y en el cual participarán cubanos del exilio y de la isla para que sea reconocido, de inmediato, por todos los gobiernos libres del mundo dada la base de su legalidad constitucional, nacional e internacional.
2- Crear de inmediato las condiciones para el regreso al Orden Constitucional y al Estado de Derecho, entre ellas, restauración en el país de la Constitución Cubana de 1940 (con todo su articulado), establecer un Poder Judicial independiente, poner en vigor el Tribunal Superior Electoral, el cual convocará en 90 días elecciones libres y democráticas, pluripartidistas, fijando fecha para la celebración de dichas primeras elecciones libres de la Transición en un plazo no mayor de 18 meses, poner en vigor el Consejo Legislativo Asesor, compuesto por los municipios de Cuba y las instituciones patrióticas, cívicas y profesionales, que fungirá en lugar del Congreso de la República de Cuba y asesorará al Presidente Constitucional en materia legislativa durante el período de la provisionalidad.
3- Todos los organismos del régimen, como el Partido Comunista, el Consejo de Estado, el gabinete del gobierno, la Asamblea Nacional del Poder Popular, la Seguridad del Estado, los Comité de Defensa de la Revolución, muy especialmente, serán disueltos y serán reconvertidos otros organismos, instituciones y medios de prensa que el Gobierno Constitucional considere pertinente en el momento dado. Las sedes de algunos de los Organismos disueltos serán precintadas y custodiadas por la Policía durante las 24 horas mientras el Gobierno Constitucional lo considere necesario. Los ministros y viceministros ocuparán sus carteras inmediatamente, en sustitución de los actuales ministros y viceministros, empezando por el que tendrá a su cargo la nueva Dirección de la Policía y el de las Fuerzas Armadas que deberán garantizar la normalidad en todo el territorio nacional y la inviolabilidad del país, respectivamente. No se producirá en ningún momento un vacío de Poder y se evitarán actos de fechoría y venganza. Tendremos en cuenta los errores y los aciertos de las distintas transiciones de los países ex comunistas estudiadas para garantizar los primeros y evitar los segundos.
4- Ningún organismo, institución, centro de trabajo, de estudio, de salud, de transportes, ni los mercados, vitales para la normal vida del pueblo cubano, dejará de funcionar en este decisivo período.
5- El primer Decreto del Gobierno Constitucional será poner en libertad a todos los presos políticos, permitir el regreso al país de todos los exiliados y realizar un estudio de Amnistía para presos comunes, en primer lugar, de todos aquellos que entran hoy en esa categoría y, según la Constitución de 1940, no han cometido ningún delito, así como declarar Día de Fiesta Nacional el Día de la Libertad.
6- El período de la Provisionalidad Constitucional no será un período político, sino de preparación para dar paso al Primer Período en el cual todos los partidos políticos puedan presentar sus candidatos, en Campaña Electoral, y llevarlos a las Primeras Elecciones Libres de la Transición -realizadas bajo monitoreo de Autorizados Observadores Internacionales- de las que saldrán el Gobierno Soberano de la República de Cuba y los gobiernos municipales. En el plazo establecido en correspondencia con la Constitución de 1940 el Presidente Electo del país realizará el Juramento correspondiente y Tomará Posesión.
7- El Presidente Constitucional de este Período de Preparación de la Transición del Totalitarismo a la Democracia no podrá presentarse como Candidato a estas Primeras Elecciones Libres, tal como lo estipula el Artículo 149 de la Constitución de 1940.
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TEXTO DE LA CONSTITUCIÓN DE 1940
LISTADO DE PRISIONES CUBANAS EN CUBA
www.cubaverdad.net/list_prisons_in_cuba.htm
Enrique, gracias por la información.